BECAS PARA COLEGIADOS


NORMATIVA DE BECAS DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE LA REGIÓN DE MURCIA

1. HUERFANOS DE COLEGIADOS:

1º.- Ayuda escolar: 300,00 € (niño/año), hasta los 16 años y justificando una renta no superior a 15.000 € (unidad familiar)

2º.- Ayuda familiar. Se estudiará casos por caso y se decidirá en Junta de Gobierno.

3º.- Ayuda de 1.000,00 € (año), para huérfanos de colegiado que cursen estudios de Ingeniería Técnica Industrial, que no superen una renta de 15.000 € (unidad familiar).

Esta ayuda se renovará aprobando el 75% de los créditos correspondientes a un curso académico hasta un máximo de 4 años.


2. BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE CURSOS Y OTRAS ACTIVIDADES FORMATIVAS ORGANIZADAS POR EL COLEGIO.

Aparte de la subvención que de por sí llevan todas las actividades formativas que se realizan en nuestro colegio, se otorgará una beca adicional a aquellos compañeros que reúnan, al menos, uno de los siguientes requisitos:

1º.- Tendrán un 100% de descuento los colegiados que se encuentren en situación de desempleo de larga duración (inscrito en el Inem de forma ininterrumpida como demandante de empleo al menos 12 meses antes de la fecha de contratación), no estén realizando ningún tipo de actividad profesional y su Renta anual no supere los 15.000 € netos/año.

2º.- Tendrán un 70% de descuento los colegiados en situación de desempleo distinta a la del punto 1º, no estén realizando ningún tipo de actividad profesional y su Renta anual no supere los 15.000 € netos/año.

3º.- Tendrán un 60% de descuento los colegiados con una Renta anual que no supere los 15.000 € netos/año.

4º.- Tendrán un 50% de descuento los colegiados con una Renta anual que se sitúe entre los 15.000 y los 22.000 € netos/año.

5º.- Tendrán un 40% de descuento los colegiados que acrediten ser familia numerosa justificando una renta no superior a los 30.000€ netos/año (unidad familiar).

6º.- Se establece un límite en el importe de las becas concedidas de 1.000 €/año por
colegiado.


7º.- Esta normativa de becas es de aplicación para actividades formativas “organizadas” por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de la Región de Murcia. En ningún caso serán de aplicación cuando el Colegio actúe como colaborador, patrocinador……en diferentes acciones formativas.

3. DOCUMENTACIÓN NECESARÍA PARA LA SOLICITUD DE CUALQUIER BECA.

- Instancia dirigida al Ilmo. Sr. Decano. (Modelo disponible en la web)

- Justificante de la matriculación y/o inscripción, con el correspondiente justificante de ingreso.

- Presentación de la Declaración anual de la renta correspondiente, la última presentada o certificado de NO presentación de renta (cuando corresponda).

- Presentación de la tarjeta de demanda de empleo junto con certificado de vida laboral con fecha de emisión igual o posterior a la de finalización de la acción formativa realizada (cuando corresponda).

- Certificado de orfandad (cuando corresponda).

- Fotocopia compulsada del carnet de familia numerosa (cuando corresponda).

- Compromiso de permanencia* como colegiado por 5 años a partir de la concesión de la beca. En caso de no cumplirlo se reclamará el importe de la beca o becas concedidas en ese periodo. (Modelo disponible en la web)

UNA VEZ TERMINADO EL CURSO PARA EL CUAL SE SOLICITA BECA SE TRAMITARÁ LA CONCESIÓN EN BASE A LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA Y COMPROBANDO:

- Asistencia mínima del 80% al curso.

- Certificado de aprovechamiento del curso o aprobación del examen final (cuando corresponda).

* Nota 1: Cualquier colegiado que reciba una subvención de las descritas anteriormente,
deberá firmar un compromiso de permanencia en el Colegio por un periodo mínimo de 5
años, que se realizará conforme a lo establecido en el art. 16.B de los Estatutos del
Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de la Región de Murcia.

** Nota 2: En el caso de cumplir con varios de los requisitos expuestos en la presente
convocatoria se aplicará solo uno de ellos, siendo este el más favorable para el
colegiado.

Esta normativa entra en vigor a partir del 28 de Febrero de 2.013.
(de aplicación a acciones formativas con fecha de inicio posterior a ésta)

INSTANCIA DECANO
PERMANENCIA 5 AÑOS COLEGIADO

NORMATIVA BECAS 2013




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